La compra de una vivienda es una operación muy importante y necesitamos tener muy claros todos los pagos que deberemos realizar para evitar las sorpresas. En muchas ocasiones el comprador se enamora de una vivienda y se olvida de hacer bien los números.
El precio finalmente negociado con el vendedor es lo más importante pero existen otros muchos pagos que se deben tener en cuenta.
La compra de un inmueble supone varios pagos; los pagos propios de la compra y otros pagos relacionados con la compra:
1. Pagos propios de la compra
El importe del precio de compra acordado con el vendedor. Este pago se realiza en varios momentos. El primero, en el momento de la Reserva, que se suele pagar un pequeño importe, al cabo de unos días (1 o 2 semanas), se firma un contrato de arras y se paga un normalmente 10%, y finalmente el día de la Escritura publica se paga el resto.
2. Pagos relacionados con la compra
Los pagos relacionados directamente con la compra de una vivienda son:
- Impuestos de la compraventa (En la actualidad asciende a 10%)
- Honorarios del notario
- Honorarios de la gestoría
- Costes del Registro de la Propiedad
- Honorarios del profesional que ha intermediado en la operación
A efectos de hacer una calculo aproximado de todos los gastos se debe calcular un 11-12% del precio de compra.
Retenciones
La vivienda se compra libre de cargas y por lo tanto el vendedor debe cancelar todas las cargas previamente, pero en el caso de que en el momento de la firma de la escritura de compraventa todavía se adeuden cantidades, es mejor que el comprador retenga el dinero y cancele esa carga en las oficinas correspondientes.
Estas cargas pueden ser recibos pendientes de:
- Suministros: agua, gas, electricidad
- IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles) o Contribución Urbana
- Exacciones Urbanas Municipales (Basuras)
- Contribuciones especiales a los Ayuntamientos
- Embargos
En el caso de que la vivienda tenga una hipoteca se debe cancelar previamente y por lo tanto descontar su importe en el momento de la firma de la Escritura pública. El importe pendiente de la hipoteca se debe acreditar con un certificado del banco. En ocasiones el representante del banco acude a la firma de la compraventa y se realiza la cancelación justo antes de la firma, en el caso de que el banco no venga el día de la firma, el comprador y vendedor deberán ir al banco, tras la firma de la compraventa, y realizar la cancelación en el propio banco.
Adicionalmente, el comprador deberá realizar una retención para cubrir los gastos de una gestoría que se encargará de realizar las gestiones de cancelación administrativa de la hipoteca.
Si necesitas ayuda para comprar vivienda en Barcelona ponte en contacto. Te ahorrarás tiempo, dinero y preocupaciones